Según la Declaración de Derechos Humanos, la intimidad es un derecho fundamental y una necesidad intrínseca del ser humano. El artículo 18 de la Constitución Española dice que la intimidad está relacionada con la dignidad y el honor.
En entidades como Aspace y otras organizaciones que atienden a personas con pluridiscapacidad y trastornos del neurodesarrollo, es necesario tener en cuenta el derecho a la intimidad de las personas usuarias desde una vertiente ética. Las recomendaciones y protocolos de buenas prácticas son herramientas que facilitan la aplicación ética en las intervenciones profesionales.
La aplicación ética justifica el disponer de guías de buenas prácticas para la defensa del derecho a la initmidad. La formación y la información en materia de intimidad a todos los agentes implicados (personas usuarias, familias, profesionales e instituciones) son clave para garantizar este derecho básico.
Esferas de intimidad de las personas con pluridiscapacidad
La intimidad es un derecho y como tal, no se reivindica, se ejerce. El ser humano es por naturaleza un agente social, pero que también necesita su área de intimidad. En este sentido, Castilla del Pino, C (1988), distingue la intimidad en tres dimensiones: la pública, la privada y la íntima.
Las dimensiones público i privada dependen de aspectos espaciales: aquello público que es algo susceptible de ser observado, y aquello privado que puede quedar a la expectación de otros, pero que lo mantenemos en receso.
El autor relaciona la dimensión íntimo con una esfera psicológica, relacionada con los pensamientos o actuaciones propias de los deseos y sentimientos de las personas. Así pues, el cuerpo, los espacios, las cosas personales y la información, son los principales elementos que conforman la intimidad.
Es habitual que la intimidad se relacione con la libertad, en tanto que nadie puede acceder a nuestro cuerpo, a la información oa nuestras cosas, sin nuestra autorización expresa. Sin embargo, la ética nos recuerda que la intimidad es un valor mínimo exigible y que no depende del grado de autonomía de las personas, sino del respeto que se merecen.
En consecuencia, quienes nos relacionamos, acompañamos y atendemos a las personas con pluridiscapacidad, debemos ofrecerles los apoyos necesarios para ejercer este derecho.
Cuando hablamos de la esfera pública de la intimidad de las personas con discapacidad entendemos los espacios de convivencia, el entorno comunitario y las habitaciones compartidas. Como hablaremos más adelante, los profesionales y las instituciones deben garantizar que existan espacios de intimidad en las residencias o en los centros a los que pertenece la persona usuaria. Desde la Fundación Aspace Catalunya potenciamos de forma activa la creación de estos espacios.
Recomendaciones éticas para el ejercicio de la intimidad
Silvia Alba, trabajadora social de Aspace Catalunya, experta en ética aplicada a la acción social y psicoeducativa y miembro de ERA de Dincat, realizó una Charla taller sobre el derecho a la intimidad en personas con discapacidad. En esta sesión dio una serie de recomendaciones sobre el tratamiento del derecho a la intimidad por parte de los profesionales asistenciales y de las organizaciones que atendemos a personas con discapacidad.
Antes de mencionar las recomendaciones, cabe remarcar que cada persona necesita soportes concretos e individualizados que deben valorarse según la situación. Por tanto, disponer de espacios de reflexión y acción ética es fundamental para resolver dilemas éticos en las instituciones.
Aquí se muestran algunas de las recomendaciones éticas para profesionales y organizaciones para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a la intimidad:
Profesionales
La intimidad durante las higienes personales
- Analizar los soportes necesarios y evitar limitar la autonomía de la persona que se atiende.
- Si la persona puede manifestar qué soporte necesita, acordaremos previamente con ella nuestras acciones.
- Pedir permiso para aproximarnos a su cuerpo. Si no puede consentir, observaremos sus expresiones por evitar realizar cualquier acción que no sea adecuada.
- Observar su expresividad, explicar qué parte del cuerpo se está tocando y con qué finalidad.
- No exceder el tiempo necesario para atender a una higiene íntima sin justificación.
- Tener respeto hacia la desnudez de la persona, evitar por ejemplo: pasar de la ducha a la habitación sin vestir a la persona con discapacidad o dejar a medias un cambio de pañal para atender a otra persona.
- Las puertas de las habitaciones y de los aseos deben mantenerse cerradas cuando están ocupados. Si es necesario apoyar a una persona con pluridiscapacidad en el lavabo podemos posicionarla y volver a entrar cuando nos avise.
- Evitar abrir puertas para realizar comentarios relacionados con la quotidianidad del trabajo cuando se está atendiendo a una persona cuando no sea estrictamente necesario.
El tiempo y la intimidad
- Todas las personas con trastornos del neurodesarrollo tienen sus ritmos respecto a la funcionalidad física, cognitiva, social, comunicativa, etc., y es necesario respetarlo.
- Una mirada atenta y paciencia facilita el vínculo con las personas que tienen dificultades comunicativas. El profesional debe ayudar a comprenderla, a que se sienta reconocida.
- Se deben crear ambientes de silencio y rescoldo de hogar, sobre todo en las residencias.
Los espacios
- El acceso a las habitaciones ya las zonas individuales debe estar autorizado por la persona usuaria, la cual es conveniente que esté presente cuando el profesional accede a ella.
- En las residencias se debe ofrecer la posibilidad de elegir habitación individual o compartida, siempre que sea posible. Cuando las habitaciones son compartidas deben disponer de elementos que garanticen la intimidad.
- Algunas recomnaciones contempladas en documentos de calidad de residencias son importantes considerarlas por su impacto en la intimidad de la persona, como por ejemplo dar la oportunidad a los usuarios de personalizar los espacios con decoración u objetos personales.
- Tener disponible armarios y cajones con llave para que puedan guardar aquellos objetos que consideran más privados.
- No revolver los armarios y los cajones sin permiso.
- El tiempo de soledad o de contacto íntimo y cercano es necesario para todos, por tanto se debe disponer de un uso individualizado de las habitaciones y si son compartidas realizar acuerdos de convivencia.
- Evitar espacios comunes aglomerados y actividades colectivas que generen un ambiente estresante.
- Acceso a espacios comunes limitado a las personas que lo utilizan ya profesionales sólo cuando sean necesarios. Pactar horarios de visitas familiares cuando no exista actividad asistencial.
- Limitar las visitas profesionales o institucionales. Si son imprescindibles, la mejor opción es realizarlas en espacios comunes y sin personas usuarias.
- Dar a conocer las buenas prácticas sobre intimidad y sexo-afectivas para evitar conductas inadecuadas en los espacios comunitarios.
Confidencialidad y secreto profesional
- Respeto absoluto a la persona ya su vida.
- Utilizar la información cuando es estrictamente necesario y con fines concretos.
- El contenido de los informes debe ajustarse al 100% a su finalidad.
- Guardar el secreto profesional salvo justificación.
- Tratar con el mismo respeto a todas las personas independientemente de su capacidad cognitiva.
- Las coordinaciones profesionales deben realizarse en espacios adecuados. Se debe mantener la profesionalidad y evitar las zonas comunes con los usuarios/as para hablar sobre las gestiones de las personas del centro.
- Evitar realizar juicios de valor respecto a la información proporcionada por las personas usuarias y sus familias.
Organizaciones
- Elaborar proyectos arquitectónicos respetuosos con la intimidad de las personas.
- Regular por normativa el acceso a las instalaciones.
- Pedir respeto durante las inspecciones. Cuando se realicen en las habitaciones, las personas usuarias deben estar presentes.
- Constitución de Espacios de Reflexión y Acción Ética (ERAES), para deliberar sobre situaciones que generen conflictos éticos. Debe ser el órgano consultivo de buenas prácticas y elaboración de las recomendaciones éticas.
- Ofrecer formaciones en ética aplicada y buenas prácticas.
- Constitución de espacios de reflexión con personas usuarias para considerar los aspectos que les afectan en su vida cotidiana.
Fomento del derecho a la intimidad de las personas usuarias de Aspace
En la Fundación Aspace Catalunya tenemos muy presente el derecho a la intimidad de las personas usuarias.
Se realizan formaciones destinadas a profesionales y familias. También trabajamos con grupos de reflexión con las personas con pluridiscapacidad que forman parte de los diferentes servicios de la entidad para tratar temas sobre su intimidad. "Se trabaja el buen uso del derecho, cómo detectar situaciones inadecuadas, como saber decir que NO cuando algo no te gusta y reclamar espacios de soledad cuando se requieren" según la experta en ética aplicada Sílvia Alba.
En materia del espacio individual “hemos activado mecanismos que nos permiten garantizar las buenas prácticas profesionales y por parte de las personas residentes. Como por ejemplo: los carteles de no molestar a las puertas de las habitaciones y baños, la disposición de cajones con llave y la facilitación de horarios de convivencia de uso privado de las habitaciones”.
El día a día en una residencia, un centro de día y/o ocupacional para personas con pluridiscapacidad generan dilemas éticos que es necesario solucionar para fomentar la buena convivencia y el derecho a la intimidad de las personas con discapacidad.
“Tenemos derecho a conservar la privacidad de nuestras cosas más queridas, de nuestra información, de lo más profundo que guardaríamos en el espacio más escondido del mundo”.
BIBLIOGRAFÍA RECOMENDADA
1. Castilla del Pino, Carlos. (1 de Agosto de 1988). Público, Privado e Íntimo. El País. Consultado el 10 de diciembre de 2022, recogido de https://elpais.com/diario/1988/08/01/opinion/586389610_850215.html
2. Comisión de Derechos Humanos. (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos. París: Paul Williams.
3. Comité de Ética de Servicios Sociales de Cataluña (2017). La intimidad en los centros residenciales de personas con diversidad funcional. A propósito del uso, acceso y supervisión de los espacios. Generalidad de Cataluña, Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias. Consultado el 15 de diciembre de 2022. Recogido de: Enlace
4.Naciones Unidas. (13 de diciembre de 2006). Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Consultado el 19 de diciembre de 2022. Recogido de https://treballiaferssocials.gencat.cat/web/.content/03ambits_tematics/11discap acitat/2012_04_11_convencio_drets_persones_discapacitat_catala.pdf
5.Varios autores/as. (2016). Respetando la intimidad: protección y tratamiento cálido. Recomendaciones para la buena praxis en servicios sociales. Oviedo: Consejería de Servicios y Derechos Sociales del Principado de Asturias.







